Las tarifas de los planes de cobertura medica pueden variar en base a dos factores; por autorización del ministerio de salud en vista de la razonabilidad de dicho aumento a causa de la inflación de costos de los servicios médicos; y por la edad de los beneficiarios cubiertos.
Desde la sanción de Ley 26.682 en Mayo 4 de 2011. Promulgada en Mayo 16 de 2011, que establece el Marco Regulatorio de Medicinas Prepagas, el poder de aprobar los incrementos de costos queda bajo el control del Ministerio de Salud y Superintendencia de Servicios de Salud mediante la emisión de Resoluciones.
Resolución 1293/2022 indica que desde Agosto 2022 en adelante, los incrementos serán bimestrales en los meses pares. Porcentuales a determinar en cada evento bimestral.
Desde la sanción de Ley 26.682 en Mayo 4 de 2011. Promulgada en Mayo 16 de 2011, que establece el Marco Regulatorio de Medicinas Prepagas, el poder de aprobar los incrementos de costos queda bajo el control del Ministerio de Salud y Superintendencia de Servicios de Salud mediante la emisión de Resoluciones.
Resolución 1293/2022 indica que desde Agosto 2022 en adelante, los incrementos serán bimestrales en los meses pares. Porcentuales a determinar en cada evento bimestral.
Tabla incrementos de Entidades Medicina Privada
Resolución | Fecha Aplicación | % | Prepaga |
---|---|---|---|
Resolución 1293/2022 | Abr-23 | 2,36% | Todas |
Resolución 1293/2022 | Mar-23 | 7,66% 5,04% |
Todas |
Resolución 1293/2022 | Feb-23 | 8,21% 4,91% |
Todas |
Resolución 2578/2022 | Ene-23 No Acumulativa | 6,9% | Todas |